Día de la Propiedad Intelectual

Cada 26 de abril, se celebra el Día Mundial de la Propiedad Intelectual que tiene por objeto fomentar el debate sobre el papel que ésta desempeña en el momento de alentar la innovación y la creatividad. Este año, el lema es “La propiedad intelectual y la juventud: innovar para un futuro mejor”

Pero ¿Sabemos de qué hablamos cuando hablamos de propiedad intelectual? ¿Conocemos qué derechos protege? ¿Qué debemos considerar a la hora de crear una obra o emprender un proyecto? La Facultad de Derecho de la UBA es pionera en este tema y, entonces, dialogamos con los profesores Sandra Negro y Guillermo Vidaurreta, directora y subdirector, respectivamente,  del Centro de Estudios Interdisciplinarios de Derecho Industrial y Económico (CEIDIE) de la Facultad.

¿Qué es la propiedad intelectual?

Los derechos intelectuales son un conjunto de normas destinadas a proteger las creaciones del intelecto humano para fomentar el progreso de las artes y las ciencias. Sin el incentivo que implica tal protección, los creadores posiblemente no se sentirían motivados para dar a luz nuevas y mejores creaciones en beneficio de la sociedad. Para evitar esta consecuencia socialmente desfavorable, las leyes de los distintos países crean un especial tipo de protección que son los derechos de propiedad intelectual. 

La estrategia de protección de estas leyes se caracteriza por darle al creador el derecho de impedir que cualquier otra persona use la creación sin autorización del titular de derechos. En general, la protección se establece por un plazo determinado luego del cual, cualquier persona puede utilizar la creación, constituyendo éste el beneficio para la sociedad que contará en el tiempo con nuevas y mejores creaciones. 

Exactamente ¿Qué se protege?

El derecho de propiedad intelectual puede ser dividido en dos conjuntos de normas, por un lado, los derechos de propiedad industrial integrados básicamente por los derechos de patentes, marcas, modelos y diseños industriales, secretos industriales y derecho de obtentor y, por el otro, los derechos intelectuales, que comprenden los derechos de autor y derechos conexos. 

Las patentes protegen los inventos, que pueden ser un producto o un procedimiento, siempre que sea nuevo en todo el mundo, implique un progreso tecnológico y tenga alguna aplicación industrial. En el complejo proceso de innovación las patentes pueden cumplir un rol muy importante para el desarrollo de la industria;

Las marcas son signos que los empresarios utilizan para «marcar» sus productos o servicios y de esta manera distinguirlos de los productos o servicios de la competencia. Las marcas cumplen un rol muy importante porque aseguran la libre competencia evitando, además, que los consumidores se confundan al adquirir los productos o servicios de su preferencia;

Los modelos y diseños industriales protegen el aspecto ornamental de los productos industriales o artesanales, es decir, la concepción original o la incorporación de nuevas formas, por ejemplo, el particular diseño de un envase o de un vestido. Teniendo en cuenta el talento creativo de los argentinos este derecho adquiere una gran dimensión sobre todo en el emprendedurismo, particularmente de los jóvenes; 

Los secretos industriales son dispositivos, técnicas o información secretas utilizada por una empresa. Tiene la ventaja de que no tienen un plazo limitado de protección —como sí lo tienen las patentes y las marcas, por ejemplo— por eso los empresarios lo prefieren. El problema es que, salvo casos excepcionales, la práctica demuestra que no es tan sencillo mantener el secreto y, si el secreto se divulga, ya cualquier competidor puede utilizarlo.

El derecho de obtentor protege las variedades vegetales «obtenidas» por cualquier persona mediante un proceso de mejoramiento. Los agricultores y los productores necesitan plantas con características particulares que se adapten a su entorno y prácticas de cultivo y, por eso, las desarrollan. Puede tratarse desde un tipo particular de rosa o de girasol hasta variedades de semillas. Teniendo en cuenta que la Argentina es un país agrícola se advertirá la importancia de este derecho.

El derecho de autor protege las obras las obras científicas, literarias y artísticas, que incluyen, las obras teatrales, composiciones musicales, dramático-musicales, cinematográficas, coreográficas y pantomímicas, también las obras de dibujo, pintura, escultura, arquitectura entre un más amplio abanico de obras protegidas. También integra el objeto de protección los programas de computación. La disciplina del derecho de autor también incorpora a los llamados derechos conexos: artistas intérpretes, productores fonográficos y organismos de radiodifusión. Dada la enorme industria cultural y formas de expresión cultural a lo largo y ancho del país se trata de un derecho muy importante.

La campaña de 2022 está orientada a la juventud ¿Qué cuestiones prácticas deberían saber al momento de realizar cualquier obra creativa?

Se encuentra demostrado que los jóvenes fueron y son los actores centrales del actual cambio tecnológico, en materia de comunicaciones, software y hardware, algoritmos, robótica, biotecnología, nanotecnología, etc. También los jóvenes son muy dinámicos en materia de emprendedurismo y en la creación de start up: pequeñas empresas realizan importantes innovaciones que terminan contribuyendo al cambio. 

El proceso de innovación es muy complejo e involucra una multiplicidad de factores y disciplinas. Desde la concepción de la idea a la llegada al mercado, el emprendedor debe lidiar con cuestiones de producción, comercialización, marketing, resolver el problema de financiación, etc. Entre todas estas medidas tendientes a ingresar al mercado exitosamente (innovación), será necesario tener una estrategia clara de propiedad intelectual en tres aspectos: 1. Para conseguir financiamiento; 2. Para diferenciarse en el mercado y 3. Los derechos de propiedad intelectual son activos intangibles, es decir, activos no físicos que posee una empresa o persona y que le dan valor. Para muchas empresas incipientes —sobre todo para las start up tecnológicas—  los derechos de propiedad intelectual constituyen su principal activo, de ahí su importancia. 

Esto implica la necesidad de un gerenciamiento inteligente de la propiedad intelectual dado que el mayor costo de los mismos no se encuentra asociado al registro sino a la defensa de los mismos si son infraccionados. Por lo tanto, es necesario realizar una evaluación general sobre las posibilidades de mercado, financieras, etc. antes de solicitar la protección. Esta preocupación ha dado lugar a una nueva rama del derecho de propiedad intelectual denominada Intellectual Property Management.

¿Qué se hace en la Facultad de Derecho en cuanto a formación e investigación respecto a este tema?

La Facultad es pionera en su preocupación por formar a los alumnos en materia de propiedad intelectual. En 1933 se fundó la primera cátedra de propiedad intelectual y, actualmente, cuenta en el Ciclo Profesional Orientado de la carrera de Abogacía, con una variada oferta de cursos de propiedad intelectual. 

Por otra parte, el 25 de agosto de 1986 por Resolución 785/86, se dispuso la creación del Centro de Estudios Interdisciplinarios de Derecho Industrial y Económico (CEIDIE) que, desde entonces, dicta una gran cantidad de cursos sobre propiedad intelectual tanto de grado como de posgrado y a la vez, promueve la formación e investigación interdisciplinaria en la materia. 

Adicionalmente, docentes-investigadores del CEIDIE han dictado cursos en materia de propiedad intelectual y salud pública en cooperación con la Organización Panamericana de Salud y en su amplia oferta, también participó en el diseño e implementación de cursos organizados por el Rectorado para los investigadores de las distintas facultades de la UBA.  Asimismo, el CEIDIE es muy activo en la publicación de artículos y libros en materia de propiedad industrial.

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